Buscar

Bases legales - Sorteo Club Enfamamá con lotes Nenuco Sensitive

Bases legales - Sorteo Club Enfamamá con lotes Nenuco Sensitive

BASES DEL SORTEO POR PARTICIPACIÓN

ENCUESTA CLUB ENFAMAMÁ

Reckitt Benckiser Healthcare, S.A., domiciliada en la calle Mataró, 28 - 08403 Granollers, Barcelona y provista de C.I.F. nº ESA81036717, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, como entidad organizadora y titular de la marca Enfamil, realizará una promoción denominada “Sorteo Enfamil: gana un lote de productos Nenuco Sensitive”, bajo la modalidad de “sorteo gratuito”, con la finalidad de promocionar su marca dentro del Estado español y dentro del Club Enfamamá.

  1. Periodo promocional y legitimación para participar

El periodo promocional se cerrará el 20 de septiembre, e incluirá a todos los registros del Club Enfamamá hasta ese día, inclusive. Podrán participar en la misma todos aquellos padres mayores de 18 años residentes en España que formen parte del Club Enfamamá.

  1. Ámbito territorial

La promoción se llevará a cabo en todo territorio español (incluidas las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla), pudiendo participar en ella todas aquellas personas mayores de 18 años que residan legalmente en España, con excepción de lo establecido en el punto 10, apartado “Exclusiones”.

  1. Establecimientos adheridos

Para participar, es necesario estar inscrito en la página web del Club Enfamamá: https://www.enfamil.es/pages/enrollment

  1. Producto promocional
  • El producto promocional trata de tres lotes de productos Nenuco Sensitive 
  • Un lote de productos Nenuco Sensitive: Nenuco Sensitive Agua de Colonia, Nenuco Sensitive Gel de Baño 400ml, Nenuco Sensitive Loción Hidratante y Nenuco Sensitive Crema Protectora
  1. El premio:

El premio de la presente promoción consiste en proporcionar uno de los tres lotes de Productos Nenuco Sensitive (uno para cada uno de los tres ganadores del sorteo).

El promotor se reserva el derecho de sustituir el premio anteriormente detallado por otro de semejante valor y análogas características.

  1. Mecánica de la Promoción
  • Las personas que participen deberán estar inscritas en el Club Enfamamá.
  • Todas las personas habrán aceptado los check box que en la página de registro se incluyan relativos a la aceptación de bases, política de protección de datos y, en su caso, el de la recepción de comunicaciones comerciales electrónicas.

Dicho sorteo se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la base siguiente (sorteo gratuito), el cual se realizará durante los primeros quince días después de la finalización del proyecto.

  1. Sorteo

Para la asignación del premio a través de Sorteo, el Promotor (Blue Cell Comunicación S.L. ) reunirá todos los correos participantes y realizará el sorteo mediante la aplicación Easypromos.

A través de este programa informático , de forma aleatoria, determinará los tres ganadores así como 3 suplentes, que sustituirán al ganador/a para el caso de identificación incompleta o incorrecta o incumplimiento de alguna de las bases de la presente promoción, así como renuncia o imposibilidad de localizarle en un plazo máximo de 7 días naturales a contar desde la fecha de celebración del sorteo, el cual se celebrará en una fecha comprendida entre los primeros quince días tras terminar el proyecto.

La entidad mercantil organizadora se reserva la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada

  1. Comunicación con el ganador y entrega de premio
  • La comunicación con el ganador se realizará a través del email que éste hubiera facilitado en el momento de registrarse en el Club Enfamamá. Tras haber transcurrido 72 horas sin respuesta a dicho email, en caso de haberse facilitado número de teléfono en el formulario de participación durante la inscripción, se realizarán tres llamadas durante un periodo de 48 horas. En el supuesto de no localizar al ganador, se considerará como no aceptación del premio y se tendrá por ganador/a quien figure como primer suplente ganador en el sorteo realizado, con quien el promotor entrará en comunicación siguiendo los pasos detallados en los párrafos precedentes, y así mismo con los dos siguientes suplentes, pudiendo llegar a declararse, en su caso, el premio desierto.
  • El ganador deberá enviar e-mail con todos los datos de participación (nombre y apellidos, e-mail y teléfono de contacto y DNI), a un correo electrónico habilitado para tal fin, que se le facilitará, y así poder verificar que su participación cumple con los requisitos de las bases de la promoción.
  • Una vez el premiado haya enviado la documentación indicada en el punto 6, Blue Cell Comunicación S.L. los verificará/contrastará con los datos introducidos en la web para confirmar que es ganador/a. Si los datos son correctos, Blue Cell Comunicación S.L. se pondrá en contacto con el ganador/a y le indicará los pasos a seguir para el envío del premio al domicilio que hubiera facilitado, sin coste alguno para éste.
  • Sólo se permitirá una inscripción por usuario. En caso de que se detecten irregularidades, se reserva el derecho de dejar el premio desierto o contactar con los usuarios que figuren como ganadores suplentes en el sorteo realizado.
  • El premio será entregado exclusivamente en territorio español.
  1. Carta de entrega y aceptación del ganador
  • Para recibir el premio será necesario que el Ganador firme la Carta de entrega y aceptación del premio y la envíe junto con fotocopia de su DNI/NIE al correo electrónico que se le facilite.
  • La carta de aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el ganador y adjuntar la copia de su DNI/NIE.
  • Se considera por el promotor como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA) la devolución a la organización de la carta de aceptación NO firmada por el/la ganador/a, o no adjuntando la copia de su DNI/NIE.
  • Aquel ganador/a que no presenten la carta y/o documentación que se le solicita, se entenderá que renuncia al premio.
  • También se entenderá como renuncia al premio la devolución a la organización de la carta de aceptación sin inclusión de la aceptación del premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
  1. Otras consideraciones aplicables a la promoción
  • Datos personales
  • Los datos de carácter personal de los participantes de la promoción deberán ser facilitados debidamente actualizados y de forma veraz y completa, pues de ello depende el buen fin de la promoción. En caso contrario, Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. quedaría liberada de ese buen fin y de cualquier consecuencia.
  • En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (GDPR), Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. informa a los participantes que los datos personales que estos proporcionen voluntariamente a RB se tratarán de acuerdo a lo establecido en nuestra Política de Privacidad (https://www.enfamil.es/politica-de-privacidad).
  • Los participantes garantizan que los datos personales facilitados a Reckitt Benckiser Healthcare, S.A., con motivo de la presente promoción, son ciertos, completos y exactos, y se hace responsable de comunicar a Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. cualquier modificación en los mismos. En este sentido, Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. no se hace responsable de la imposibilidad de tramitar la solicitud de participación en la presente promoción, en el caso que los datos proporcionados, no sean actualizados, veraces y correctos.
  • Derechos de Imagen

De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil del, derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, el premiado cede a Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. los derechos sobre nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta promoción y, en especial, con el disfrute de los premios que se deriven de su participación en esta promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (internet, cd, y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación de internet, la explotación televisiva en cualquier forma) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas Bases.

El premiado cede gratuitamente a Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. los derechos de imagen que pudieran corresponderles como consecuencia de la emisión y/o grabación audiovisual, así como los reportajes gráficos, individual o colectivos que se realice y autorizan de forma expresa e irrevocable a Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. a conservar las mencionadas grabaciones e imágenes gráficas para ser utilizadas total o parcialmente con fines publicitarios o promocionales en los medios que considere conveniente o en cualquier dominio en Internet de Reckitt Benckiser Healthcare, S.A., o redes de las que forme parte.

  • Retención fiscal

Al premio de esta promoción le son de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre el Impuesto de Sociedades, sobre la Renta de los no residentes y sobre el Patrimonio. También le serán de aplicación las previsiones contenidas en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el vigente Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y demás disposiciones concordantes dictadas en su desarrollo. En su virtud, corresponderá a la promotora la realización del ingreso a cuenta del IRPF o la práctica de la retención oportuna, en aquellos casos en los efectivamente proceda.

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF, siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, la promotora practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante/ganador el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta, todo ello según establece la citada Ley 35/2006, de 28 de noviembre. En consecuencia, la promotora solo asume frente al contribuyente su obligación legal de efectuar el ingreso a cuenta, siendo de cuenta del contribuyente el cumplimiento de sus respectivas obligaciones tributarias.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Asimismo, se informa a los participantes/ganador que deberán confirmar el día de su designación como tales sus datos personales, mostrando su DNI o documento válido de identificación en España. Con el fin de que puedan ser efectuados los ingresos a cuenta mencionados en los párrafos precedentes, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio al recibir el mismo y entregar a la promotora fotocopia de su DNI o documento válido de identificación en España. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción o disfrute del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los participantes/ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter legal y es obligatoria, de forma que la ausencia o negativa a justificar cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

  • Exclusiones

Quedan expresamente excluidos de la participación en esta promoción todos los empleados y sus familiares hasta segundo grado de parentesco de Reckitt Benckiser Healthcare, S.A., empresas intervinientes en la realización de la promoción y todas aquellas en las que se comercialicen productos de Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. Si alguna persona dejara de ser empleado de las citadas entidades durante el periodo promocional, bajo ningún concepto podrá reclamar el premio en caso de resultar ganadora.

  • Derecho de eliminación de participaciones fraudulentas

En el caso de que el Promotor o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que el Promotor ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, el Promotor se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

 11. Aceptación de las bases

Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases (disponibles en el https://www.enfamil.es/pages/bases-legales-sorteo-participacion-encuesta-club-enfamama y el criterio del Promotor en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.

En caso de suscitarse problemas o incidencias en la interpretación de las presentes bases o en el desarrollo de la promoción, se instará a los criterios que aplique Reckitt Benckiser Healthcare, S.A., sometiéndose en caso de conflicto a los juzgados de Barcelona.

Otros
  • Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presentes bases en relación a su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del período de vigencia de la promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
  • Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. no se hace responsable por la imposibilidad de registrar algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales como consecuencia de la facilitación de datos incompletos o erróneos.
  • Reckitt Benckiser Healthcare, S.A. y la agencia de publicidad que gestiona la realización de la promoción no se hacen responsables de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, etc.) que sean provocadas por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías de correos y/o mensajería.